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Operador

El operador es quien introduce por primera vez un producto en el mercado de la UE o lo exporta desde ella. Es quien hace la diligencia debida, presenta la declaración y responde ante las autoridades.

Artículo en construcción: lo ampliaremos con más detalles y ejemplos.

Puntos clave

  • Para el cacao y el café venezolanos, el operador es casi siempre el importador europeo que compra al exportador.
  • Presenta la declaracion de diligencia debida y, con ella, «asume la responsabilidad» de que el producto cumple.1
  • No puede delegar esa responsabilidad, aunque use datos o herramientas de otros.

Qué dice el Reglamento

«“Operador”, toda persona física o jurídica que, en el transcurso de una actividad comercial, introduce los productos pertinentes en el mercado o los exporta».2

En la práctica

El exportador venezolano no es el operador, pero sin su información no hay declaración: la geolocalizacion, el periodo de producción y la evidencia salen del origen. Es una obligación comercial, no legal.


  1. ↩

    Reglamento (UE) 2023/1115, art. 4.3.

  2. ↩

    Reglamento (UE) 2023/1115, art. 2.15.

Véase también

Categorías: EUDR

Actualizado el 3 de octubre de 2026 · Equipo NAMU